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sábado, 27 de noviembre de 2021

ESPAÑA EXIGIRÁ UNA PRUEBA NEGATIVA A LOS VIAJEROS VACUNADO DE PAISES EN ALTO RIESGO POR ÓMICRON

 España exigirá una prueba negativa a los viajeros vacunados de países en alto riesgo por Ómicron

La nueva orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), explica las nuevas restricciones de viaje que entrarán en vigor el próximo 1 de diciembre

La llegada de la nueva variante del Covid-19, Ómicron, está causando una revolución a nivel mundial. Tanto es así que muchos países, como España, ya están tomando medidas para evitar la expansión de esta contagiosa forma del virus, que cuenta ya con más de un centenar de mutaciones. La exigencia de una prueba negativa –test de antígenos o PCR– a los pasajeros procedentes de los países que se encuentren en alto riesgo por la presencia de Ómicron, independientemente de su estado vacunal, se ha convertido en una de las primeras medidas que ha tomado el Ejecutivo. Así lo detalla la resolución de la Dirección General de Salud Pública publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que será efectiva a partir de este mismo sábado.

Según explica el documento, esta nueva situación creada por la variante B.1.1.529, pone de manifiesto la «necesidad» de disponer de un mecanismo ágil que permita la adopción de medidas adicionales de control sanitario.

Restricción temporal de viajes no imprescindibles

Además, tal y como adelantó este viernes la ministra de Sanidad, Carolina Darias, España suspenderá desde el próximo martes la conexión aérea entre Sudáfrica y Botsuana, esto supone un inminente endurecimiento de los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada al país. Sumado a eso, el Ministerio del Interior ha publicado este sábado una orden en la que detalla un aumento de las restricciones temporales de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y Schengen. Este nuevo documento, que entrará en vigor a partir de las 00.00 horas del 1 de diciembre, modificará la del 17 de julio, sobre los criterios para la restricción temporal de viajes. Una de las modificaciones que recoge es que España solo permitirá la entrada de personas procedentes de Reino Unido e Irlanda del Norte con certificado de vacunación y no con pruebas diagnósticas negativas o de haber superado la enfermedad, como admitía hasta ahora.

Además, la resolución también opta por sacar a Namibia del listado de países cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la Unión Europea a través de las fronteras exteriores. El motivo principal de esta decisión se debe a que los Estados miembros consideran pertinente aumentar las precauciones con este país, dada la situación actual. La disposición general de la orden del Ministerio del Interior, que ha sido modificada en sucesivas ocasiones desde que entró en vigor en julio del año pasado, «surtirá efectos» hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2021, salvo la exclusión de Namibia del listado de terceros países, que es efectiva desde este sábado.

En definitiva, el listado de países que no se ven afectados por estas restricciones queda formado por: Argentina, Australia, Baréin, Canadá, Chile, Colombia, Indonesia, Jordania, Kuwait, Nueva Zelanda, Perú, Catar, Ruanda, Arabia Saudí, Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay, China. A ellos se unen las regiones administrativas especiales de la República Popular China, Hong Kong y Macao; junto con entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea: Taiwán.

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