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martes, 19 de octubre de 2021

UNOS 15.000 MENAS Y EXTUTELADOS PODRÁN ACCEDER A LA RESIDENCIA Y PERMISO DE TRABAJO TRAS LA REFORMA APROBADA

 Unos 15.000 'menas' y extutelados podrán acceder a la residencia y permiso de trabajo tras la reforma aprobada

El nuevo Reglamento les permitirá trabajar a partir de los 16 años y obtener papeles en tres meses en lugar de nueve

Se pretende sacar de la ilegalidad a unos 7.000 jóvenes de entre 18 y 23 años

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un Real Decreto que reforma el Reglamento de Extranjería y flexibiliza los requisitos para que menores no acompañados y extutelados obtengan residencia y permiso de trabajo. El objetivo, según el Ministerio, es favorecer la integración de unos 15.000 jóvenes extranjeros, que con la normativa actual acababan cayendo en situaciones de irregularidad al cumplir 18 años. Unos 8.000 menores están bajo la tutela de las comunidades y se calcula que hay al menos otros 7.000 extutelados.

Los cambios afectan a tres artículos del Reglamento de Extranjería, con un nuevo régimen jurídico encaminado a reducir la vulnerabilidad de estos jóvenes, como había denunciado el Defensor del Pueblo y numerosas ONG. Con los cambios aprobados los 'menas' no llegarán indocumentados a la mayoría de edad y además podrán acceder al mercado laboral a partir de los 16 años (y también tras cumplir 18 años).

Así, se establece un régimen propio para los jóvenes extutelados con requisitos más acordes a su realidad, alargando la duración de las autorizaciones de residencia y permitiendo que los jóvenes extutelados que ahora tienen entre 18 y 23 años y que se han visto abocados a la irregularidad sobrevenida puedan acceder a una autorización de trabajo.

El Gobierno simplifica los trámites para documentarlos. Se reduce el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses. Cuando se superen esos tres meses, las oficinas de extranjería documentarán de oficio a estas personas sin que este procedimiento interfiera en una posible repatriación. No obstante, si la repatriación procediera, se extinguiría la autorización concedida. En segundo lugar, se incrementa la vigencia de la autorización inicial de uno a dos años (homogeneizando el plazo con otras normas) y de la autorización de renovación a tres años. En tercer lugar, se exime de la exigencia de acta notarial para la cédula de inscripción y se sustituye por un informe de la entidad de protección de menores. Finalmente, se consolida que las autorizaciones de residencia habiliten para trabajar cuando el menor alcance los 16 años.

Régimen propio para extutelados

Con la modificación de los artículos 197 y 198 del Reglamento de Extranjería, se crea un régimen propio para los menores no acompañados que alcanzan la mayoría de edad. Para aquellos que llegan a los 18 años documentados con papeles se establece un régimen propio sin referencias a residencia no lucrativa, lo que favorece la continuidad de la autorización que tenía como menor. Actualmente, se enfrentan a una serie de requisitos que les dificulta mantener sus papeles en regla, puesto que al salir del centro de acogida se les da una tarjeta de residencia de un año que no les permite trabajar.

Además, se reduce la acreditación de medios suficientes a una cuantía más adecuada equiparable al Ingreso Mínimo Vital que se tendría derecho a percibir como hogar unipersonal (470 euros al mes actualmente) y se permite que se computen los ingresos procedentes de un empleo o del sistema social.

En el caso de los menores que llegan a los 18 años siendo irregulares se establece un nuevo sistema para documentarlos con el acceso a una autorización para residir y trabajar con los mismos requisitos mencionados. En ambos casos, tanto para quienes hayan llegado a la mayoría de edad documentados como sin documentar, se tendrán en cuenta los informes sobre esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación.

Finalmente, para aquellos jóvenes extutelados que tienen ahora entre 18 y 23 años y se encuentran indocumentados, se pone en marcha un procedimiento para que puedan acceder a la autorización prevista para los menores que llegan sin documentar a la mayoría de edad. De esta forma, se evita que queden en irregularidad sobrevenida y se generen situaciones de exclusión social.

En 2020, el Ministerio de Inclusión realizó varias mejoras en la normativa de este colectivo, como la instrucción SEM 1/2020, que habilitaba a los menores a trabajar a partir de los 16 años, de forma análoga al resto de menores, y el RD 19/2020, que otorgó autorización de trabajo y residencia por dos años para los jóvenes extutelados que trabajaron en el campo durante la pandemia. La mayoría de los jóvenes a los que se les dio esa autorización siguen hoy afiliados a la Seguridad Social, según el Departamento que dirige José Luis Escrivá.

EL GOBIERNO BUSCA LE VOTO DEL DELINCUENTE

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