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miércoles, 13 de enero de 2021

LA CÚPULA ECONÓMICA DE PODEMOS ELUDIÓ INFORMAR A SU AUDITORIA DEL CONTRATO CON NEURONA.

 La cúpula económica de Podemos «eludió» informar a su auditora del contrato con Neurona

El juez mantiene imputado al partido por financiación irregular ante la «inexistencia» de una «verdadera cultura de cumplimiento»

No ve delito en las obras de la sede: El proyecto inicial estaba infravalorado para pagar menos impuesto inicial.

El titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, ha rechazado archivar la causa por financiación irregular contra Podemos ante la «inexistencia» de una «verdadera cultura de cumplimiento» dentro del partido, habida cuenta de que su cúpula económica «eludió» informar sobre la contratación de Neurona y de empresas para las obras en la sede a la auditora interna, la responsable de velar por la legalidad de las actuaciones de la formación.

En un auto al que tuvo acceso ABC, el juez responde a Podemos que no va a acordar el sobreseimiento provisional y «ni mucho menos», el archivo definitivo de las actuaciones que se siguen contra el partido, que está investigado como persona jurídica por aquel contrato de consultoría con una empresa que resultó ser un despacho de abogados sin empleados ni actividad. El dinero, 363.000 que Unidas Podemos intentó pasar por gasto electoral, acabó en otra empresa en México.

La clave de la imputación es el llamado «compliance», las políticas activas de prevención del delito y de cumplimiento normativo que deben tener las organizaciones, sean empresas o partidos. Acreditar que existen estas políticas, que cumplen los requisitos fijados por el Código Penal y que son eficaces es la vía que tiene la persona jurídica de librarse de responsabilidad por los delitos que hayan cometido las personas físicas en su seno.

"No cabe apreciar que el programa de cumplimiento normativo o compliance guides del partido político Podemos resulte eficaz, lo que determina que siendo objeto de investigación en la presente causa la posible comisión por parte de cargos ejecutivos de dicho partido político de un presunto delito de financiación ilegal, de existir indicios de la comisión de dicho delito resultaría igualmente responsable penal dicho partido político", concluye Escalonilla.

El juez, que descarta toda una batería de documentos aportada por Podemos, se fija en su Plan de Cumplimiento Normativo, elaborado en noviembre de 2016. La norma interna fija mecanismos para «la evaluación del riesgo de la comisión» del delito de financiación irregular, entre las que destaca una «reunión mensual de control de riesgo penal» de la cúpula económica del partido con su responsable de Cumplimiento Normativo.

La finalidad, informar a esa responsable de auditoría, la abogada Mónica Carmona, de «las actuaciones que se pudieran realizar en las diversas áreas de la estructura de dicho partido político, de cara a valorar la posible infracción legal que pudieran suponer, o incluso su carácter delictivo».

Pero el juez concluye que «si algo consta indiciariamente acreditado es que contrariamente a la propia finalidad de dichas reuniones mensuales (...) cabe indiciariamente concluir que tanto la gerente, como el tesorero como el responsable Económico-Financiero, eludieron informar a Mónica Carmona de actuaciones tales como la contratación directa por parte de Gerencia de las diversas empresas que iban a realizar las obras de rehabilitación del edificio (...) para su uso como sede del partido».

«Igualmente», prosigue el auto, eludieron informar «de la contratación de la mercantil Neurona Consulting, a través de la sociedad Neurona Comunidad S.L. para la presunta prestación de servicios tanto en las elecciones generales como en las elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid, hasta el punto que Mónica Carmona tuvo conocimiento de dichos hechos a través de empleados de dicho partido político, aperturando expedientes para su investigación».

«Lo anterior resulta claramente expositivo del incumplimiento por parte de las principales figuras ejecutivas de dicho partido político del propio modelo de organización y de prevención, lo que determina que difícilmente pueda entenderse que dicho programa resulta eficaz, siendo además claro reflejo de la inexistencia dentro de dicho partido político de una verdadera cultura de cumplimiento«, dice el auto.

«Falta de compromiso ético»

El juez añade a la ecuación «el cese fulminante tanto de la responsable de cumplimiento normativo, Mónica Carmona, como del Delegado de Protección de Datos, Juan Manuel Calvente, que actuaba como colaborador de aquella, en cuanto se tuvo conocimiento de las investigaciones llevadas a efecto por su parte».

Entiende que este cese, «además de infringir la autonomía de dicho órgano del partido político, resulta igualmente expositivo de tal falta de compromiso de los dirigentes de dicho partido político con la cultura ética o cultura de cumplimento de las normas legales».

Calvente fue el denunciante que desencadenó esta causa. Sostiene que el contrato de Neurona pudo tener como fin la financiación de partidos políticos extranjeros o la propia financiación ilegal de Podemos por la vía de los microcréditos. Prestó declaración ante el juez y se ratificó en sus términos. Carmona, por su parte, testificó que ella, personalmente, no había apreciado indicios de financiación irregular, pero añadió que no se le facilitaba información relevante para las investigaciones internas que ante soplos de trabajadores e indicios, decidió acometer.

Tanto la gerente en aquellas fechas, Rocío Esther del Val, como el tesorero Daniel de Frutos y el responsable económico financiero y de las campañas electorales, Juan Manuel del Olmo, están imputados.

No ve delito en el sobreprecio de las obras

El juez sigue desbrozando la maraña de delitos denunciados por Calvente. Tras archivar por falta de indicios las pesquisas sobre otro contrato de consultoría, ha sobreseído lo relativo las obras en la sede del Partido, que estaban bajo la lupa porque se licitaron por 649.936,68 euros el 20 de mayo de 2019 y acabaron costando 1.361.055 euros en fecha 3 de junio.

«Toda vez que resulta totalmente contrario al procedimiento propio de una licitación pública que licitadas las obras por el precio de 649.936,68 euros, finalmente se adjudicaran por más del doble de su importe, hecho que realmente resulta insólito (...) se investigó tal aumento del precio en cuanto pudiera encubrir la realización de pagos ajenos a las obras licitadas«, explica el juez en otro auto del 12 de diciembre.

Concluye que de la instrucción practicada, en la que se ha tomado declaración al arquitecto, a los contratistas y a la cúpula económica de Podemos, «consta indiciariamente acreditado que el valor o precio otorgado a dichas obras de rehabilitación en dicho Proyecto de Ejecución no se correspondían con la realidad, en cuanto no se correspondían con los precios de mercado, fijándose unos precios mínimos» a partir de unos baremos de la Comunidad de Madrid de 2015.

Para el juez, «cabe concluir racionalmente» que utilizaron esta medida fuera del precio real de mercado con «la finalidad de pagar una cantidad inferior a la procedente al Ayuntamiento de Madrid por el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras« y apunta que, de hecho, »se ha requerido en dos ocasiones al partido político Podemos« que »presentara la documentación acreditativa de la regularización del pago de dicho impuesto« y no lo ha hecho.

Con todo, se «explica la divergencia existente entre el precio de licitación y el precio de adjudicación» y además, no consta «que con el dinero por el que se adjudicaron las obras se haya realizado pagos ajenos a las obras de rehabilitación ejecutadas en el edificio sito en la calle Francisco Villaespesa nº 18 de Madrid», su sede.

Fue una contratación directa

Igualmente, el juez señala que «consta indiciariamente acreditado que el partido político Podemos no licitó realmente dichas obras, incumpliendo lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley Orgánica 8/2.007 de 4 de julio sobre financiación de partidos políticos».

Explica sobre este asunto que «no existió una licitación pública real de las obras de rehabilitación a ejecutar en el edificio sito en la calle Francisco Villaespesa nº 18 de Madrid, habiendo procedido el partido político Podemos a realizar una contratación directa de las diversas partidas de la obra a seis sociedades mercantiles«. »Dicha falta de licitación pública de dichas obras de rehabilitación no constituye delito alguno«, concluye.

Con todo, ordena dar traslado Procede no obstante dar traslado al Ayuntamiento de Madrid del informe presentado por el arquitecto "por si procediera realizar por parte del Ayuntamiento una liquidación final del ICO conforme al valor real de la obra".

Y ESTOS SON LOS MAS LIMPIOS Y REGENERADORES DE LA POLÍTICA CORRUPTA QUÉ DIOS NOS ASISTA¡

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