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sábado, 15 de febrero de 2020

MENOS DEL 10% DE LOS PRESOS TIENE LO BENEFICIOS DE LOS LÍDERES DEL PROCÉS.

Menos del 10% de los presos tienen los beneficios de los líderes del «procés»

Las cárceles catalanas usan un artículo «excepcional» para que salgan a diario

El fiscal avisa que no puede ser una vía para dar «un tercer grado encubierto».

Por ahora son cinco los líderes secesionistas a los que las cárceles catalanas han flexibilizado ya sus condenas a través de una vía «excepcional» que les permite salidas diarias. Pero la Generalitat da por hecho que en breve los nueve líderes del «procés» que están prisión se beneficiarán del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Una prebenda de la que apenas disfruta el diez por ciento de la población reclusa a la que sería aplicable en el conjunto de las cárceles catalanas, pero que previsiblemente acabarán obteniendo todos los condenados del 1-O.
Cuando, tras ser condenado, un interno ingresa en prisión, el centro penitenciario debe decidir en qué grado lo clasifica: primero (régimen cerrado), segundo (ordinario) o tercero (semilibertad). Lo más frecuente es que las juntas de tratamiento opten por el segundo grado. Tal es el caso de los nueve presos secesionistas condenados por el Tribunal Supremo. Las cárceles catalanas, sin embargo, han echado mano de un artículo del Reglamento Penitenciario -el 100.2- que permite «flexibilizar» este sistema de clasificación para «combinar» diferentes aspectos de estos grados. Los líderes secesionistas -por ahora, cinco de ellos- se benefician de esta «flexibilización» en el sentido de disfrutar, pese a estar en segundo grado, de salidas diarias para trabajar y hacer voluntariados.
Que el artículo 100.2 es «una medida excepcional» y exige una «interpretación restrictiva» lo recuerda la Fiscalía en un recurso que presentó ayer para oponerse a que pueda disfrutarlo Jordi Cuixart (Òmnium), que esta semana ha sido el primero en beneficiarse de estas salidas. Pero no solo es el Ministerio Público, pues las cifras confirman que el uso de este artículo es poco habitual. Y es que solo a 405 presos de la totalidad de los internos de las cárceles catalanas se aplica este artículo, según datos de la Consejería de Justicia de la Generalitat a fecha de 13 de febrero. Todo ello cuando son unos 6.000 los internos que, ya clasificados, cumplen condena en las prisiones que dependen de esta comunidad y podrían optar a él. No llega, por tanto, al diez por ciento de la población reclusa. Queda claro, como explicaban a ABC abogados de dilatada carrera y curtidos en estas lides, que «no es tan fácil de obtener».

Además de a Cuixart, la cárcel de Lledoners (Barcelona) ya ha aceptado aplicar el 100.2 al líder de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Cuixart, y al exconsejero de Interior, Joaquim Forn. El centro penitenciario de Mas d’Enric (Tarragona) se lo ha otorgado a Carme Forcadell, expresidenta del Parlament, y la prisión de Puig de les Basses (Gerona) a la exconsejera de Trabajo Dolors Bassa.

La Fiscalía sobre Cuixart

Estas decisiones de las juntas de tratamiento de las prisiones son de aplicación inmediata -de hecho, Cuixart ya ha empezado esta semana a salir de lunes a viernes-, pero ahora los respectivos juzgados de vigilancia penitenciaria deberán avalar las flexibilizaciones de estos regímenes, previa consulta a la Fiscalía.
De momento, el Ministerio Público -que ya recurrió sin éxito un permiso ordinario de 72 horas que se le había concedido a Cuixart- ha pedido a la juez de vigilancia penitenciaria que revoque las salidas diarias del líder de Òmnium, al que el Tribunal Supremo impuso nueve año de cárcel por sedición. Argumenta la Fiscalía que Cuixart «no asume el carácter delictivo de los hechos que fueron objeto de condena». Concluye que solo cuando se admite la responsabilidad del delito cometido es cuando el peligro de recaída «se aleja de manera rotunda».
La junta de tratamiento permite a Cuixart salir nueve horas y media al día de lunes a viernes para trabajar y hacer voluntariado. Por las mañanas va a su propia empresa, Aranow -dedicada al diseño de maquinaria de envasado-, y algunas tardes a un centro de atención de personas en riesgo de exclusión social.
El fiscal recuerda que las salidas de prisión deben estar sujetas a un tratamiento específico para el preso que fuera imposible realizar en la propia cárcel. En este sentido, reprocha a los técnicos de Lledoners que no hayan explicado de qué manera el trabajo y el voluntariado de Cuixart van a «influir de manera positiva» en su tratamiento. Dice que ir a su propia empresa no puede ser parte de su tratamiento porque el líder de Òmnium no cometió un delito económico y «el área laboral no es un déficit que tenga que trabajar». Tampoco entiende el voluntariado que se le ha concedido, ya que no tiene problemas de «empatía social». En definitiva, tal y como definían fuentes de la abogacía consultadas por este diario, el 100.2 deber ser un «traje a medida» que se adapte a la «etiología del delito» cometido. Un requisito que, según el fiscal, en el caso de Cuixart no se cumple.

Los otros cuatro casos

El Ministerio Público no se ha pronunciado todavía sobre los otros cuatro presos del «procés» que ya han obtenido el 100.2, pero fuentes de la Fiscalía dicen que probablemente lo hará en los próximos días. A casi todos se les concedieron salidas para hacer de voluntarios, y, en los casos de Forcadell y Bassa, también para cuidar a familiares mayores. Esto último es excepcional, según las fuentes consultadas. De hecho, en una resolución ajena a los presos del «procés» consultada por este diario, la Audiencia concluye que «la asistencia a obligaciones propias de la familia» son comunes a «la generalidad de los internos» y «no están relacionadas con la actividad tratamental».
Son los jueces de vigilancia penitenciaria los que deben avalar ahora la flexibilización del régimen de los presos. De darles la razón a las juntas de tratamiento, a la Fiscalía le quedaría la carta de recurrirlo ante las audiencias provinciales. En todo caso, el procedimiento del 100.2 siempre esquivaría al Supremo. Al contrario de lo que ocurriría con un hipotético tercer grado, donde los recursos acabarían sobre la mesa del tribunal sentenciador. Es decir, del juez Marchena.
CATALUÑA ES UNA ANARQUIÁ

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