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martes, 18 de febrero de 2020

CELAÁ ACUDIRÁ HOY A LOS TRIBUNALES PARA PEDIR LA SUSPENSIÓN CUATELAR DEL PIN PARENTAL.

Celaá acudirá hoy a los tribunales para pedir la suspensión cautelar del «pin parental»

Hoy concluía el plazo del requerimiento que el Ministerio de Educación le remitió al departamento que dirige María de la Esperanza Moreno Reventós para retirar el control parental. Fuentes de la Consejería consultadas por ABC señalaron que «se acatará la decisión del órgano judicial».

La ministra de Educación, Isabel Celaá acudirá hoy al Tribunal Superior de Justicia para pedir la suspensión cautelar del «pin parental». Así lo confirmaron fuentes de Educación a ABC, que recordaron que ayer finalizó el plazo de un mes del requerimiento que el ministerio remitió a Murcia para que la Consejería de Educación retire el control parental. Se trata de una medida impulsada por Vox (que no consiguió implantar ni en Madrid ni Andalucía), que consiste en una autorización de los padres de un alumno, para que éste pueda participar en actividades organizadas por el centro educativo, cuando tengan contenido que afecte a cuestiones morales, sexuales o de conciencia.
El departamento que dirige María de la Esperanza Moreno Reventós dijo ya el pasado viernes que no retirararía el «pin» aunque fuentes de la Consejería consultadas por ABC señalaron que si Educación va al TSJ para solicitar la suspensión cautelar del mismo, «se acatará la decisión del órgano judicial»
El pin es una solicitud de autorización expresa de los padres de un alumno, para que éste pueda participar en actividades organizadas por el centro educativo, cuando tengan contenido que afecte a cuestiones morales, sexuales o de conciencia. Dichas actividades son complementarias y se enmarcan dentro del horario escolar.
La ministra señaló, respecto a las actividades que pretende controlar a través de autorización paternal, que «no son voluntarias o extraescolares. Estamos hablando de actividades complementarias, curriculares, obligatorias y evaluables y eso configura el tronco del currículum, de obligado conocimiento para el alumno», señaló el pasado viernes preguntada por la cuestión.
Pero realmente hay dos tipos de complementarias: las periódicas (una hora más de inglés, o de matemáticas o de música), que regulan tanto el artículo 51 de la LODE (para centros concertados y voluntarias) como las órdenes de 1994 (para centros públicos y también voluntarias). El uso del «pin parental» para este tipo de actividades complementarias no tiene ningún sentido puesto que, al ser voluntarias, los padres pueden decidir que sus hijos no acudan.
¿Cuáles son las actividades que sí están sujetas al «pin»? Las actividades puntuales (charlas, visitas a un museo, salidas en horario lectivo, etc), siempre que revistan un carácter ideológico, moral o de conciencia. Dentro de este tipo de actividades, no todas son obligatorias: las que tienen coste o se realizan fuera del centro son voluntarias.
Tampoco forman parte del currículo en todos los casos, pueden tratar sobre temas transversales (no curriculares) y estas no comportan necesariamente una evaluación separada y específica. Por ejemplo: una visita de los bomberos es obligatora si se hace en horario lectivo y en el centro, pero no es curricular (desarrolla
Pero realmente hay dos tipos de complementarias: las periódicas (una hora más de inglés, o de matemáticas o de música), que regulan tanto el artículo 51 de la LODE (para centros concertados y voluntarias) como las órdenes de 1994 (para centros públicos y también voluntarias). El uso del «pin parental» para este tipo de actividades complementarias no tiene ningún sentido puesto que, al ser voluntarias, los padres pueden decidir que sus hijos no acudan.
¿Cuáles son las actividades que sí están sujetas al «pin»? Las actividades puntuales (charlas, visitas a un museo, salidas en horario lectivo, etc), siempre que revistan un carácter ideológico, moral o de conciencia. Dentro de este tipo de actividades, no todas son obligatorias: las que tienen coste o se realizan fuera del centro son voluntarias.
Tampoco forman parte del currículo en todos los casos, pueden tratar sobre temas transversales (no curriculares) y estas no comportan necesariamente una evaluación separada y específica. Por ejemplo: una visita de los bomberos es obligatora si se hace en horario lectivo y en el centro, pero no es curricular (desarrolla)
¿DÓNDE ESTUDIARON SUS HIJOS?

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