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miércoles, 30 de enero de 2019

¿TIENEN DERECHO LAS FAMILIAS A REVISAR LOS EXÁMENES CORREGIDOS DE SUS HIJOS?

Revisar examenes

¿Tienen derecho las familias a revisar los exámenes corregidos de sus hijos?


Varias autonomías emiten órdenes para evitar que los docentes se nieguen a entregar copias de las pruebas a las madres y padres que lo soliciten.

La Consejería de Educación de la Generalitat valenciana recordará en los próximos días a los centros educativos de primaria y secundaria que están obligados a entregar copia de los exámenes corregidos de los alumnos a las familias que lo soliciten. El departamento, gestionado por Compromís, había recibido una petición en tal sentido del defensor del pueblo valenciano (Síndic de Greuges), José Cholbi.
La entrega de copias de las pruebas de los estudiantes a las familias es una disputa que se juega en varias autonomías. Desde 2015, el Defensor del Pueblo ha realizado peticiones similares a los Gobiernos regionales de Extremadura, Navarra o Madrid. Entre sus argumentos, el Defensor expone que la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas —de 2015— prevé que “los interesados en un procedimiento administrativo” podrán conocer, “en cualquier momento”, el estado de la tramitación de los procedimientos que les afecten y obtener copia de los documentos. El Defensor se basa en resoluciones judiciales que avalan esa modalidad de acceso a la información en casos relacionados con el ámbito educativo.
El defensor del pueblo valenciano hizo la solicitud de oficio el pasado noviembre después de que asociaciones de madres y padres le trasladaran las dificultades que encontraban en ese terreno. “Han venido a vernos familias quejándose de que solo podían ver el examen de sus hijos en un despacho del colegio con el profesor delante. Y si los padres no sabían mucho de la materia, por ejemplo de matemáticas, tenían que buscar a un familiar o a un conocido que sí supiera para que les acompañara”, afirma Lorenzo Tendero, presidente de la confederación valenciana Covapa. “No es una cuestión de desconfiar del profesor, sino de que la mejor manera de ayudar a nuestros hijos es ver en qué han fallado. Se nos pide que seamos complementarios con la escuela en la formación, pero si no sabemos dónde hay que reforzarlos, difícilmente vamos a poder hacerlo”, añade.
“El problema es la desinformación; las familias no saben que tienen ese derecho y los profesores desconocen que tienen esa obligación”, explica Camilo Jené, presidente de la FAPA Giner de los Ríos, que aglutina a las asociaciones de madres y padres de alumnos de Madrid. Muchas familias, explica, no denuncian para evitar un enfrentamiento con los docentes que pueda perjudicar a sus hijos.
Algunas comunidades han aprobado órdenes específicas para regular ese derecho, como es el caso de Madrid, que lo hizo en 2014 para primaria y en 2016 para secundaria. En el caso de Valencia, la legislación autonómica vigente no contempla expresamente el derecho del alumnado o de sus representantes legales —en caso de ser menores de edad—, de obtener una copia de los exámenes realizados si no es mediante un procedimiento de reclamación oficial de revisión de la nota, expone el Síndic en su petición. Las familias deben tener la opción de revisar las pruebas de evaluación en casa para ayudar a sus hijos a repasar errores o, "sencillamente", ejercer su derecho de acceso a esos documentos, remarca el escrito.

Dos sentencias

El Síndic y el Defensor del Pueblo citan en sus peticiones a las Administraciones autonómicas dos sentencias en las que, hace ya casi dos décadas, los tribunales dieron la razón a quienes pedían acceso a copias de exámenes. La primera, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Málaga en el año 2000, rechazó el recurso de una docena de profesores contra la resolución de la directora de su instituto que les obligaba a mostrar los exámenes a la madre de una alumna. El magistrado señaló que la legislación —desde el artículo 105 de la Constitución hasta el desarrollo legislativo del procedimiento administrativo común— autoriza a los ciudadanos “el acceso a los archivos y registros administrativos cuando ostentan la condición de interesados”, lo que les permite obtener copias de los documentos contenidos. “En consecuencia”, proseguía el fallo, “no hay razones de ningún tipo para impedir que el padre o madre de una alumna conozca los resultados”.
La segunda sentencia fue dictada por el Tribunal Superior de Cataluña dos años después, en respuesta al recurso presentado por una alumna de la Universidad Autónoma de Barcelona, a la que se había denegado la copia de una prueba de la asignatura de Derecho del Trabajo. El fallo consideraba “básico” que la alumna recibiera una fotocopia del examen para formular con “conocimiento de causa” las alegaciones convenientes.
Andrés Boix, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia, comparte el criterio del Síndic de Greuges y el Defensor del Pueblo. “Evaluar es un procedimiento administrativo. Y en él, cuando los alumnos son menores, los padres son también interesados y deben poder intervenir con las garantías clásicas de ese procedimiento", afirma.
Boix considera que durante años los funcionarios públicos, también los que se dedican a la docencia, se habían acostumbrado a que una parte de su actividad "era una caja negra en la que  la sociedad no veía qué pasaba dentro". "Eso, a veces, está bien porque permite poder solucionar cosas de forma informal, pero tiene riesgos y permite abusos. Que exista esta transparencia y oportunidad de control es positivo porque incentiva a los funcionarios a hacer las cosas con más cuidado", remarca.
Para que una familia tenga acceso a los exámenes de su hijo no es necesario que la normativa autonómica lo contemple expresamente, asegura Boix, porque ya lo establece la Ley de Procedimiento Administrativo, que es de aplicación en toda España. Es deseable que la normativa autonómica lo contemple para concretar los detalles, pero ese desarrollo debe ser coherente con la ley general.

El caso de Madrid

En diciembre de 2014, la Comunidad de Madrid emitió una orden para regular la información y participación de las familias de los estudiantes en la que se especificó que podrían solicitar copia de los exámenes a través de un registro con una petición individual y concreta. En esa misma normativa se explicaba que, en ningún caso, se podrían pedir todos los exámenes en una sola petición. En julio de 2016, se hizo lo mismo con secundaria.
Pese a la regulación, algunas familias continuaron teniendo problemas y se vieron obligadas a interponer un recurso ante la Administración. Fabio Diéguez, padre de tres alumnos del colegio Nuestra Señora del Castillo, en el pueblo madrileño de Perales de Tajuña, y presidente del AMPA de ese centro, lideró la protesta y tramitó la reclamación. "Para nosotros es esencial poder ver en qué están fallando nuestros hijos para poder darles apoyo en casa o contarlo a las academias; si tienen un problema de comprensión lectora, de cálculo o de ortografía", explica Diéguez. A través de la federación de asociaciones de familiares de alumnos de Madrid —FAPA Giner de los Ríos— presentaron un recurso en la Administración y, después de dos años, les dieron la razón.
El nuevo protocolo del centro, que acordaron en una reunión con el director del colegio y un representante de la Inspección Educativa, establece que las familias deben explicar en el escrito de solicitud el motivo por el que quieren la copia del examen. En ningún caso podrá ser una modificación de la nota o puntuación obtenida.
DEBERÍAN DE TENER DERECHO A VERLOS Y COMPROBARLOS.

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